Las empresas que promuevan en sus empleados programas de movilidad sostenible tendrán beneficios en el impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios hasta del 30% sobre el valor de la inversión en dichos programas. (Art. 6 Acuerdo 1083 de 2021 y art. 21 Dec 0169 de 2022)
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Las empresas que promuevan en sus empleados programas de movilidad sostenible tendrán beneficios en el impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios hasta del 30% sobre el valor de la inversión en dichos programas. (Art. 6 Acuerdo 1083 de 2021 y art. 21 Dec 0169 de 2022)
NOTA: El plazo máximo para presentar la solicitud del beneficio es el último día hábil del mes de noviembre de la vigencia anterior al cual pretendan gozar del beneficio (Art. 16-1 Decreto 0169 de 2022, adicionado por Decreto 143 de 2023).
NOTA: Es importante que
la información y los archivos adjuntos estén completos; de lo contrario, se
responderá a la petición indicando lo que falta y la solicitud se dará por
finalizada.
Tiempo
30 días
Costo
Gratuito
Requisitos
6 requisitos
6 documentos necesarios para completar este trámite
Por favor, lea detenidamente los requisitos y prepare la documentación necesaria. Los requisitos marcados requieren adjuntar archivo digital.
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Requieren Archivo
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