A partir del 1 de enero de 2022 y hasta el año 2026 estarán exonerados del pago del 100% del Impuesto Predial Unificado los predios pequeños y medianos rurales no recreacionales y cuyo avalúo catastral a 01 de enero de cada vigencia sea menor o igual a 50 SMMLV.
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A partir del 1 de enero de 2022 y hasta el año 2026 estarán exonerados del pago del 100% del Impuesto Predial Unificado los predios pequeños y medianos rurales no recreacionales y cuyo avalúo catastral a 01 de enero de cada vigencia sea menor o igual a 50 SMMLV.
NOTA: Esta exoneración es automática; solo se solicita en caso de que ocurra un error para su marcación en el sistema de impuestos.
NOTA: Es importante que la información y los archivos adjuntos estén completos; de lo contrario, se responderá a la petición indicando lo que falta y la solicitud se dará por finalizada.
Tiempo
30 días
Costo
Gratuito
Requisitos
1 requisito
1 documento necesario para completar este trámite
Por favor, lea detenidamente los requisitos y prepare la documentación necesaria. Los requisitos marcados requieren adjuntar archivo digital.
Deberá adjuntar este documento en formato digital
Total Requisitos
1 documento
Requieren Archivo
1 archivo